Saltar al contenido principal
SR Consultores
← Volver a guías

Primeros pasos

Inicio de actividades y regímenes (Pro Pyme)

Qué es el inicio de actividades ante el SII, cuándo corresponde hacerlo y una mirada general a los regímenes tributarios más usados por pymes, como el Régimen Pro Pyme.

Qué es el inicio de actividades

El inicio de actividades es el trámite con el que informas al Servicio de Impuestos Internos (SII) que comenzarás a desarrollar una actividad económica que puede generar impuestos. Es un paso obligatorio antes de emitir documentos tributarios (boletas o facturas) y, en general, antes de operar formalmente.

Puede hacerlo tanto una persona natural (por ejemplo, quien emite boletas de honorarios o inicia un emprendimiento) como una persona jurídica (una empresa recién constituida). El trámite se realiza en línea en sii.cl con tu clave tributaria.

Qué necesitas para hacerlo

  • Clave tributaria del SII (o Clave Única).
  • El o los códigos de actividad económica que vas a desarrollar.
  • Datos del domicilio o lugar donde ejercerás la actividad.
  • En el caso de empresas, la escritura o constitución vigente y el RUT de la sociedad.

Una mirada general a los regímenes

Al iniciar actividades eliges (o se te asigna) un régimen tributario, que define cómo se determinan y pagan tus impuestos. Para muchas pymes, el más utilizado es el Régimen Pro Pyme, pensado para empresas de menor tamaño y con reglas de tributación más simples que el régimen general.

La elección del régimen depende de variables como el nivel de ingresos, el tipo de socios y la actividad. No existe una opción única "mejor" para todos: conviene revisar tu caso particular antes de decidir, porque cambiar de régimen después tiene reglas y plazos propios.

Recomendaciones prácticas

  • Define con claridad tus códigos de actividad: agregar o cambiar actividades después también es un trámite.
  • Habilita la facturación electrónica si vas a emitir documentos tributarios.
  • Guarda el certificado de inicio de actividades; te lo pedirán para abrir cuentas y postular a beneficios.
  • Si tienes dudas sobre qué régimen te conviene, conversémoslo antes de iniciar: es más fácil partir bien que corregir más adelante.
Este material es informativo y general. Para tu caso particular, escríbenos desde Contacto.